SUPERFINANCIERA FIJA REGLAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS BANCOS

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La Superintendencia Financiera de Colombia impartió los lineamientos que deberán aplicar las entidades bancarias para la prestación de los servicios a través de sus sucursales.

Los horarios de atención deben ser como mínimo de seis horas diarias y de cuatro horas en caso de que haya atención al público en fin de semana o festivo.

Las entidades prestarán sus servicios presenciales en todos los municipios donde cuenten con sucursales para ello, las entidades del sector financiero, asegurador y bursátil deberán mantener abiertas el 85% de sus sucursales, porcentaje que podrá aumentar en aquellos días en los que se presenta alta transaccionalidad.

Se deben fijar horarios de atención prioritaria para los adultos mayores de 60 años y personas con capacidades especiales, así como mecanismos de atención preferente para el personal médico y sanitario, miembros de las Fuerzas Armadas y de Policía, que les permita realizar sus transacciones con celeridad y eficiencia en razón a la importancia significativa que tienen sus actividades en la coyuntura.

La entidad dispuso de un centro de atención telefónico para atender las quejas de los usuarios. El Centro de Contacto es el (57 1) 3078042, disponible de lunes a viernes (días hábiles), de 7:30 a.m. a 10:00 p.m. en jornada continua y los sábados, domingos y festivos de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.