Rigurosos controles a vehículos de servicio de transporte especial escolar en Colombia

77

El Ministerio de Transporte, sus entidades adscritas, y la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional acompañan el retorno a clases de los niños, niñas y adolescentes con rigurosos controles a los vehículos de servicio de transporte especial escolar para garantizar su seguridad durante los trayectos hacia los distintos centros educativos.

Con rigurosos operativos a nivel nacional, las autoridades del sector transporte verifican que las rutas escolares cumplan con la reglamentación exigida por la ley y que hayan establecido las máximas medidas posibles para prevenir la siniestralidad de estos vehículos de transporte especial.

La Ministra de Transporte, Ángela María Orozco, afirmó que se hará especial hincapié en este tipo de transporte que está dedicados a movilizar a los niños, niñas y adolescentes ya que la prioridad es salvaguardar sus vidas y prevenir algún siniestro vial que pueda afectar su integridad. “Con estas acciones preventivas buscamos fortalecer la seguridad en estos medios de transporte para evitar siniestros que lamentar. Desde el inicio del Gobierno, el objetivo siempre ha sido preservar la vida de todos los actores viales, espacialmente la de los más vulnerables como en este caso, niños, niñas y adolescentes”, enfatizó.

Las empresas de transporte escolar que no cumplan los requisitos mínimos establecidos en la ley, como no tener la documentación en regla o no respetar las señales de tránsito, tendrán sanciones que van desde amonestaciones, multas de hasta 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y suspensiones o cancelaciones del servicio.

Para el Mayor General Juan Alberto Libreros, Director Tránsito y Transporte, estos operativos tendrán rigurosos procesos de revisión entendiendo que la vida de los niños, niñas y adolescentes es sagrada y por ello debemos velar por su seguridad en todos los ámbitos. “Estamos haciendo una verificación rigurosa a las condiciones técnico- mecánicas de estos vehículos y de la documentación requerida e insistiéndole a los conductores que tengan precauciones en la velocidad y que parqueen en zonas habilitadas y seguras para que los menores asciendan y desciendan de los vehículos”´.

Al respecto, el director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Luis Lota, afirmó que es fundamental que los conductores de estos vehículos redoblen esfuerzos en verificar el buen estado de los vehículos. “Hacemos un llamado para que se adelanten las revisiones técnico – mecánicas de los vehículos no solo cuando sea necesario y que además siempre, antes de emprender cualquier recorrido, se hagan las inspecciones necesarias para garantizar su óptimo funcionamiento. En aquellos vehículos que por causa de la pandemia estuvieron detenidos por largos periodos es importante verificar líquidos de frenos, estado de las llantas, luces, extintores, entre otros, para prevenir cualquier novedad”, señaló.

Es importante recordar que los estudiantes menores de edad deben estar acompañados con un adulto coordinador en sus rutas quien deberá conocer todos los aspectos de seguridad del vehículo y de primeros auxilios, así como ubicarse cerca a la puerta de salida y verificar que al final de los recorridos no queden estudiantes en los vehículos.

Asimismo, en las rutas escolares no deben estar los estudiantes de pie y cada silla debe estar ocupada por un solo pasajero, deben contar con salidas de emergencia, todos los asientos deben tener cinturones de seguridad y los vehículos no pueden exceder la velocidad de 60 kilómetros por hora.

De igual manera, las empresas prestadoras del servicio deben contar con un plan de seguridad vial y entregar a los padres de familia una copia del contrato.

Por su parte, la Superintendencia de Transporte indicó que estos operativos al transporte escolar servirán para verificar la documentación de los vehículos tales como: seguros, pólizas de responsabilidad civil contractual y responsabilidad civil extracontractual, SOAT, tarjeta de operación, licencia de conducción y el cumplimiento de la normatividad vigente referente a protocolos de bioseguridad para la mitigación del COVID-19.

Adicionalmente, se validarán contratos de transporte, suscripción de convenios de emergencia, prueba de alcoholimetría, capacidad transportadora según tarjeta de operación y que no exista sobrecupo ni adecuación de sillas.

Para el Superintendente de Transporte, Wilmer Arley Salazar Arias, “es importante que tanto las autoridades de transporte especial como los centros educativos, junto con los padres de familia, actuemos de forma rigurosa y responsable en la protección de los derechos de los menores que son transportados diariamente por las vías del territorio nacional. Con este llamado la entidad busca que la legalidad y la seguridad de los usuarios, en este caso representados por los estudiantes, este siempre presente en el acceso al transporte público escolar, con el fin de que su prestación se lleve a cabo con la más alta calidad y cumpliendo con la normatividad establecida para ello”.

Desde 2018, la Superintendencia de Transporte, en conjunto con la DITRA, han realizado a la fecha 1.188 operativos en los que se han inspeccionado más de 35.100 vehículos que prestan el servicio de transporte especial escolar.

Consejos para padres de familia y cuidadores:

Se recomienda que antes de contratar el servicio de transporte escolar los centros educativos, las asociaciones de padres, los grupos de padres y/o las entidades territoriales certificadas y las secretarías de educación, verifiquen que:

1. La empresa de transporte se encuentre debidamente habilitada para prestar el servicio de transporte especial. Para ello, podrán verificar la legalidad en el link: http://web.mintransporte.gov.co/Consultas/empresas/consulta_empresas_otras. asp.
Su consulta debe arrojar como resultado estado H (habilitada) en la modalidad especial. Asegúrese de incluir el Nit de la empresa sin guiones o espacios.

2. En el contrato se especifiquen las placas de los vehículos con los que se prestará el servicio, así como los recorridos y paradas.

3. Que la firma del contrato sea con el representante legal de la empresa habilitada.

Asimismo, durante la prestación del servicio de transporte escolar verificar que:

1. La ruta escolar lleve la leyenda “escolar” en las partes delantera, trasera y laterales. La delantera debe ser invertida para que pueda ser leída por otros vehículos a través de los espejos retrovisores. Artículo 2.2.1.6.10.3 del Decreto 1079 de 2015.

2. Las placas de los vehículos que presten el servicio de transporte escolar, así como los recorridos y paradas, efectivamente correspondan con las establecidas previamente en el contrato. Artículos 2.2.1.6.10.3 y 2.2.1.6.10.4 del Decreto 1079 de 2015.

3. Los vehículos cuenten con tarjeta de operación vigente y con pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual. Artículos 2.2.1.6.9.10 y 2.2.1.6.5.1 del Decreto 1079 de 2015.

4. Las licencias de conducción de los conductores de la ruta se encuentren vigentes. Artículo 34 de la Ley 336 de 1996 y Artículo 18 de la Ley 769 de 2002.

5. Los vehículos cuenten con revisión técnico-mecánica vigente. Artículos 50 y 51 de la Ley 769 de 2002, modificado por los Artículos 10 y 11 de la Ley 1383 de 2010.

6. El vehículo cuente con dos puertas no accionables por los escolares y con salidas de emergencia operables.