¿Qué hacer frente a trabajadores ya contratados que aludan a sus derechos fundamentales para no vacunarse?: Inquietudes de Asobares

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Asobares

A través de la circular 003 del 12 de enero de 2022, el Ministerio de Trabajo instó a los empleadores de los sectores productivos abiertos al público a exigir esquema de vacunación Covid-19 a sus trabajadores.

Tras la medida,  ASOBARES COLOMBIA, anunció su respaldo a esta medidas y todas aquellas de cuidado colectivo que permitan el equilibrio entre el cuidado de la salud y el desarrollo económico, la conservación del tejido productivo y el mantenimiento del empleo e ingresos vitales para nuestros equipos de trabajo.

En este sentido han acompañado con estrategias como jornadas de vacunación en horarios nocturnos en zonas de rumba y la promoción de incentivos para los usuarios vacunados en los establecimientos afiliados, que han tenido importantes resultados en diferentes territorios.

“Respaldamos ésta exigencia y la estrategia que en estos momentos el Gobierno Nacional orienta donde la vacunación masiva, el maximizar el cuidado individual y colectivo, el aislamiento de presentar síntomas y la prolongación de las medidas de bioseguridad, son el camino más firme hacia la protección de la salud y la continuidad de la reactivación económica que vamos logrando”, señala la asociación en un comunicado.

No obstante, Asobares indica que la medida no está exenta de inquietudes importantes que exponen sus afiliados y que trasladan al Ministerio de Trabajo para su debida orientación y respuesta; son algunas de ellas:

¿Qué hacer frente a trabajadores ya contratados que aludan a sus derechos fundamentales para no vacunarse y que no sea posible su traslado a un cargo o función de no contacto con los clientes? ¿Qué alternativas da el Ministerio al empleador para no exponerse a tutelas y demandas de índole laboral o a sanciones del mismo Ministerio de Trabajo por el incumplimiento de la medida en estos casos?

¿Tener a un trabajador no vacunado se interpretará por las entidades de IVC (Inspección, Vigilancia y Control) como incumplimiento al ordenamiento jurídico laboral y al normativo que regula la actividad mercantil con las últimas disposiciones durante la pandemia?

¿Qué periodo tendrá el trabajador para presentar su carnet con esquema completo? Mientras cumple la vacunación entre primera y segunda dosis, ¿estaría el empleador obligado a aislarla o enviarlo a casa pagando su salario derivado de las obligaciones del contrato de trabajo y adicionalmente pagar un reemplazo para cubrir las funciones de ese trabajador?

De acuerdo con el documento, firmado por el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, la medida se dará específicamente para los eventos que impliquen asistencia masiva a bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio; así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos y ferias.

“En el marco de la responsabilidad social, los trabajadores y empleadores que adelanten sus funciones en los establecimientos abiertos al público deberán tener en cuenta que la vacunación no solo constituye una medida preventiva para el propio individuo, sino también sanitaria para evitar la propagación del covid-19”, indicó el documento.