Playas sin protocolos de bioseguridad no pueden habilitar servicio al público

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La Resolución 1538 de 2020, del Ministerio de Salud, dio a conocer las medidas de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del COVID-19 en las actividades de playas, que incluye el alquiler de casetas, taquillas y hamacas, entre otros. La norma complementa las decisiones generales que indica la Resolución 666 de 2020. Esta nueva normatividad aplica para los alcaldes distritales y municipales con jurisdicción sobre playas turísticas, concesionarios, proveedores de servicios, usuarios y comunidad local. La labor será coordinada desde los Comités Locales para la Organización de Playas. En este nuevo documento se manifiesta que las playas que no cuenten con la infraestructura necesaria para aplicar el protocolo no podrán habilitar el servicio al público.

Las autoridades locales y/o concesionarios de playas deberán:

  • Delimitar el perímetro de la playa demarcando claramente sus linderos, un área de ingreso y otra de salida.
  • Disponer de áreas de desinfección de manos y señalización alusiva a este tema.
    No permitir el ingreso de personas con síntomas de gripa o temperatura corporal mayor a 38ºC.
  • Disponer de sitios fuera de la arena para la desinfección del mobiliario.
  • Establecer mecanismos de control de ingreso y número de personas que pueden permanecer en la playa, para lo cual se contará con el apoyo de la Policía.
  • Determinar un área para la venta de alimentos donde haya distanciamiento de, al menos, 2 metros entre las personas que allí trabajen.
  • Asegurar que las carpas, sillas, camas, entre otros, que estén en la playa guarden una distancia de 2 metros entre los distintos núcleos familiares.
  • Delimitar las zonas de parqueo.
  • Establecer un protocolo de desinfección del mobiliario de playa y realizar la limpieza y desinfección luego de cada uso por parte del turista y al final del día.
  • Adecuada manipulación de residuos.
  • Suministrar kits de protección a los trabajadores de playa.
  • Prohibir las aglomeraciones.
  • Prohibir el alquiler de equipos de careteo o snorkeling.
  • Limitar el tránsito de las personas a lo largo de la playa.
  • Prohibir el consumo de bebidas alcohólicas.
  • Contar con un plan de comunicaciones donde se divulguen ampliamente las medidas

 

¿Si soy salvavidas y trabajo en la playa qué debo hacer?

  • Evitar el contacto boca a boca al realizar las maniobras de rescate.
  • Cumplir con todos los protocolos de bioseguridad y distanciamiento.

¿Si soy una persona que alquila sillas o mobiliario de playa qué debo hacer?

  • Cumplir con todos los protocolos de bioseguridad y distanciamiento.
  • Realizar el movimiento de sillas evitando el contacto físico entre personas.
  • Asegurar condiciones de higiene del mobiliario de playa en todo momento.

Para los usuarios:

  • Utilizar el tapabocas cubriendo la nariz durante toda la permanencia en la playa y al ingresar al agua se deberá guardar el tapabocas en una bolsa, para ser usado nuevamente cuando se sale del agua.
  • Cada usuario se debe hacer responsable de sus residuos y depositarlos en los recipientes de recolección ubicados en las entradas de las playas.
  • Mantener el distanciamiento físico de mínimos 2 metros con personas diferentes a su núcleo familiar
  • Permitir que se realicen a cabalidad los protocolos de bioseguridad, como lo es la toma de temperatura.
  • Contar con un kit que contenga alcohol.