JEP rechaza el sometimiento de Jorge Luis Alfonso López, hijo de la empresaria Enilce López

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La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, de la Jurisdicción Especial para la Paz, rechazó en esta justicia a Jorge Luis Alfonso López, hijo de la empresaria del chance, Enilce López.

Alfonso López, presentó una solicitud para someterse a la JEP, como agente de Estado no integrante de la fuerza pública, en relación con hechos ocurridos durante su mandato como alcalde del municipio de Magangué (Bolívar), entre los años 2004 y 2007 y también lo hizo como tercero civil, en relación con conductas cometidas antes y después de ser alcalde.

La JEP, tuvo en cuenta a las víctimas acreditadas y a la Procuraduría y a partir de esto basó en tres razones para rechazar su solicitud:

En primer lugar, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, señaló que no tenía competencia personal para conocer sobre dos homicidios, el del periodista Rafael Enrique Prins Velásquez; y del señor Yamil Kasser Alí, porque al momento de cometer estas conductas Alfonso López, actuó en calidad de integrante activo de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), cuyos miembros están excluidos del marco de competencia del tribunal de paz.

En segundo lugar, porque la Jurisdicción Especial para la paz, no tiene competencia material para conocer de la acción de extinción de dominio porque es un tema patrimonial.

La tercera razón es porque Luis Alfonso López, alias “El Gatico”, no presentó un compromiso claro, concreto y programado conforme a los principios del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, requisito esencial para efectos de aceptar el sometimiento de un compareciente voluntario a la JEP.

Con la determinación a su vez queda nula la petición del beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada que había solicitado.