“Ha ganado la institucionalidad y se está protegiendo el Estado social de derecho”, Procuradora ante sentencia de la Corte

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31 hechos de muertes violentas de mujeres se han presentado en el departamento en lo corrido del 2023.

La Procuradora Margarita Cabello, se pronunció sobre la Sentencia C-030 de la Corte Constitucional, la cual ratificó las facultades de investigar, juzgar y sancionar a servidores de elección popular de la Procuraduría.

“La sentencia C-030 y la de la Corte Interamericana de Derechos Humanos nunca han expresado o han obligado al Estado colombiano para que no pueda suspender de manera provisional, que es diferente a una sanción, cuando se den los elementos correspondientes para ello”. Indicó Margarita Cabello.

Además, destacó que la sentencia C-030 ratifica la norma constitucional donde se le otorgan competencias a la Procuraduría General de la Nación a disponer de sanciones definitivas, investigar, juzgar y sancionar, siempre y cuando tengan la intervención de un funcionario judicial, que en este caso específico es el juez de lo contencioso administrativo.

Cabello también mencionó que la Procuraduría General de la Nación “seguirá sancionando a funcionarios públicos, incluso los de elección popular, cuando haya lugar, siempre con todas las garantías procesales”.

El presidente Gustavo Petro, se negó a firmar esta orden del ente de control y señaló que la Procuraduría no puede determinar estas suspensiones, según él, porque así quedó claro en el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) de 2020, que estableció que las autoridades administrativas no pueden destituir a funcionarios electos por voto popular.

El pasado 25 de julio el jefe de Estado firmó un oficio con el que le respondió a la Procuraduría que no acataría la orden de suspender al alcalde de Riohacha porque considera que este ente de control es una autoridad administrativa que no puede sancionar a este tipo de funcionario.