Desacuerdo e inconformismo por control de vidrios polarizados en vehículos

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Ante el anuncio por parte de las autoridades de tránsito de activar nuevamente los controles sobre el uso indebido del polarizado en vehículos y multar a quienes no tengan el permiso para portarlos, nuestro periodista Kevin Mantilla Chacón, preparó el siguiente informe.

 

Son varios los propietarios de vehículos que ponen vidrios polarizados por seguridad o para evitar contacto directo con los rayos de sol; sin embargo, en Colombia rige una serie de regulaciones consagradas desde la resolución 3777 de 2003 del ministerio del transporte la cual indica que los límites específicos de transmisión luminosa para un vehículo tipo camioneta son:

Los vidrios laterales delanteros deben cumplir con 70 por ciento de transparencia y 30 por ciento de opacidad, en cuanto a los vidrios laterales traseros tendrán que tener un 55 por ciento de transparencia y 45 por ciento de opacidad, el video trasero un 14 por ciento de transparencia y 86 por ciento de opacidad, en el caso del vidrio panorámico tendrá que cumplir con un 70 por ciento de transparencia y 30 por ciento de opacidad.

Para el caso de los carros particulares, los vidrios laterales delanteros un 70 por ciento de transparencia y 30 por ciento de opacidad, mientras que los vidrios laterales traseros un 55 por ciento de transparencia y 45 por ciento de opacidad, en el vidrio trasero 55 por ciento de transparencia y 45 por ciento de opacidad, mientras para el vidrio panorámico un 70 por ciento de transparencia y 30 por ciento de opacidad.