Daniel Palacios, Viceministro de Relaciones Políticas del Ministerio del Interior, explicó durante su intervención en el programa presidencial “Prevención y Acción”, las diferencias entre los términos: Distanciamiento individual y Aislamiento Selectivo.
Distanciamiento individual:
El distanciamiento individual responsable no es otra cosa distinta que mantener el autocuidado y la autoprotección, garantizando siempre mitigar la propagación del COVID-19.
En esta nueva etapa de la pandemia en Colombia, se debe reiterar a los ciudadanos la necesidad de utilizar el tapabocas, practicar el lavado de manos, no permanecer en la calle y cumplir con las cuarentenas estrictas en caso de dar positivo para coronavirus.
El aislamiento individual responsable también regula el protocolo para la población que aún sigue estando en riesgo como los mayores de 70 años, personas con enfermedades preexistentes, en condición de discapacidad y menores de edad.
Aislamiento selectivo:
El aislamiento selectivo es pasar de unas medidas nacionales a tomar unas medidas específicas por territorio en casos de alto riesgo o de comportamiento epidemiológico negativo.
En esta nueva normalidad están permitidas todas las actividades económicas como la apertura de aeropuertos con rutas y frecuencias que tengan un plan de conectividad previamente autorizado por la autoridad aeronáutica. El transporte intermunicipal e interdepartamental y la apertura de vías nacionales.
Si un territorio presenta un comportamiento epidemiológico negativo, el Ministerio de Salud podrá dar la instrucción de ordenar el cerramiento de actividades o limitar la movilidad, según el caso.
En poblaciones de alta afectación, los alcaldes podrán igualmente adoptar medidas de limitación de actividades, según el comportamiento de la pandemia. Se podrán limitar o prohibir actividades, previa autorización del Ministerio de Salud.
La medida de aislamiento selectivo con distanciamiento y responsabilidad individual también lleva implícito sus debidas restricciones:
Prohibiciones:
No aglomeraciones
No conciertos
No eventos sociales públicos, ni privados
No libre consumo de licor en espacios públicos
En el caso de los bares, discotecas o establecimientos de diversión nocturna, la venta de licor sólo se permitirá siempre que se presente un plan piloto, el cual será avalado por el Ministerio de Salud.
Una vez se logre la vacuna, Colombia pasará a la etapa PosCovoid, donde el país volvería a la normalidad.