El Consejo de Estado a través de la Sala plena de lo contencioso administrativo, sala especial de decisión no. 2, ordenó devolver al Distrito la administración y las ganancias del Carnaval de Barranquilla, así mismo, ordena a la Fundación Carnaval de Barranquilla retribuir lo percibido durante todos estos años.
Pretensiones de la demanda de Acción Popular:
1. Ordenar el cese inmediato de todas las actividades programadas por la sociedad de economía mixta CARNAVAL DE BARRANQUILLA S.A., o por aquella con la que ésta haya acordado estas funciones, que tengan que ver con el manejo del Carnaval de Barranquilla.
2. Ordenar que el DISTRITO DE BARRANQUILLA adopte las medidas necesarias para que, de manera inmediata, recupere el control y manejo absoluto del Carnaval de Barranquilla, PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN, tal y como lo ordena la Constitución y la Ley.
3. Ordenar que todas las utilidades, debidamente indexadas, producidas por la Sociedad de Economía Mixta CARNAVAL DE BARRANQUILLA S.A., a partir de la promulgación y puesta en vigencia de la Ley 706 de 2001, por la cual se declaró al Carnaval de Barranquilla Patrimonio Cultural de la Nación, sean entregadas al Distrito, tal y como corresponde. para tal efecto, solicitamos se nombren dos peritos contables, para que, por medio de un análisis de los libros de contabilidad de la mencionada sociedad, determinen el monto de las utilidades.
4. Que se ordene pagar a los actores el incentivo de acuerdo con los artículos 39 y 40 de la Ley 472 de 1998″.
El tribunal le exige a la Fundación Carnaval de Barranquilla (entidad privada) que restituya el manejo de la fiesta a la Sociedad Carnaval de Barranquilla, organización con participación del estado.