A través del Decreto 580 de 2020, expedido por el Gobierno Nacional, entidades sin ánimo de lucro como zoológicos, acuarios, aviarios, oceanarios, bioparques, jardines botánicos y tenedores de fauna, entre otros, podrán diferir el pago de servicios públicos de agua, alcantarillado y aseo, por un plazo de 36 meses, sin que ello genere ningún tipo de interés o costo financiero.
Considera que Gobierno, que a raíz de la declaratoria de cuarentena por la pandemia del COVID19, estos centros de atención y conservación de fauna y flora silvestre, se han visto afectados en sus ingresos, pues en su mayoría dependen del flujo de ingreso de visitantes.
Por ello, con este Decreto del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se dictan medidas en materia de los servicios públicos antes mencionados, para que en medio del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, estas instituciones puedan pagar el cobro del cargo fijo y del consumo no subsidiado, por los consumos causados durante la Emergencia y los 60 días siguientes a esta declaratoria.
Además, el articulado señala que las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, son las encargadas de verificar la necesidad del cobro diferido de los servicios públicos a estas entidades sin ánimo de lucro.