Tutela Gobierno: fallo deja sin efecto restricción

El Gobierno ganó una tutela que buscaba frenar la difusión de imágenes de cuerpos de personas fallecidas durante operaciones militares. La decisión fue tomada por el Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogotá.

La acción judicial cuestionaba fotografías y videos publicados en cuentas oficiales de la Presidencia. En el material aparecían cuerpos cubiertos con bolsas después de operaciones militares.

La tutela fue presentada por el representante Santiago Osorio Marín y el ciudadano Javier Ricardo Cabrera Cruz. Los accionantes argumentaron posibles afectaciones a la dignidad de las personas fallecidas y a los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Tutela Gobierno: ¿qué publicaciones fueron cuestionadas?

Las publicaciones que originaron el proceso correspondían a operaciones militares realizadas el 2 y el 4 de septiembre en Guaviare y La Guajira.

Una de ellas estaba relacionada con la operación Azarías, mientras que la otra correspondía al operativo Centinela de la Patria.

El caso generó una medida provisional que restringió temporalmente la difusión de este tipo de imágenes desde las cuentas oficiales de la Presidencia.

¿Qué decidió el juzgado?

El Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogotá negó la tutela y dejó sin efecto la medida provisional.

El despacho también señaló que los accionantes no tenían legitimidad para actuar en representación de los niños, niñas y adolescentes de Colombia.

En el caso de uno de los accionantes, el juzgado indicó que no acreditó parentesco con las personas fallecidas ni representación de sus familiares.

Frente a la protección de los menores de edad, la decisión señaló que no se identificó a un niño, niña o adolescente específico que hubiera visto las publicaciones y sufrido una afectación concreta.

Recomendación a la Presidencia

Aunque negó la tutela, el juzgado recomendó a la Presidencia y al Departamento Administrativo de la Presidencia considerar mecanismos menos invasivos para comunicar los resultados de operaciones militares.

La recomendación tuvo en cuenta la dignidad y memoria de las personas fallecidas, además de la intimidad de sus familiares.

El fallo corresponde a una decisión de primera instancia. Por ello, las partes pueden ejercer los recursos establecidos dentro del proceso judicial.

Para conocer más información sobre decisiones judiciales relacionadas con derechos fundamentales, consulte nuestra sección de Judicial.

La decisión completa puede consultarse en la Rama Judicial de Colombia.

Con este fallo, quedó sin efecto la medida provisional que restringía la difusión de las imágenes desde las cuentas oficiales de la Presidencia.

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