El Tribunal Superior del Distrito de Santa Marta dejó en firme las actividades exploratorias y de explotación en el pozo Uchuva 2, tumbando la orden de suspensión que había proferido un juez.
En el fallo se ordena “renovar el numeral segundo de la sentencia de primera instancia, así como la providencia de fecha 18 de septiembre de 2024, que aclaró dicho numeral”.
Sin embargo, el Tribunal ordenó a la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa (DANCP), del Ministerio del Interior, que en un mes emita un acto administrativo para estudiar la procedencia de la consulta previa.
Ecopetrol señaló que “este fallo nos permite, y a Petrobras, continuar con las operaciones de perforación y la ejecución de sus actividades operacionales, que son de vital importancia para la seguridad energética del país”.
Un juez de Santa Marta había suspendido la exploración y explotación del pozo por una tutela interpuesta por el gobernador de la comunidad indígena de Taganga, Ariel Daniels de Andreis, para proteger el derecho a la consulta previa de la comunidad.