Junior también fue sancionado con tres(3) fechas de suspensión de la plaza y una multa de once millones de pesos ($11.000.000)
Se llevó a cabo este martes 26 de abril, la sesión del Comité Disciplinario del Campeonato que inicialmente estaba prevista para el día lunes 25 de abril de 2022, pero debió ser aplazada por solicitud expresa del club Unión Magdalena S.A.
Una vez analizados los elementos de los expedientes y concluida la deliberación en torno a los hechos y conductas que tuvieron lugar el pasado 23 de abril de 2022, en el partido disputado por la 17ª fecha de la Liga BetPlay DIMAYOR I 2022 entre el club Unión Magdalena S.A. y el Club Deportivo Popular Junior F.C. S.A., en donde fue alterado el orden público y en el que un hincha perdió la vida, el Comité Disciplinario del Campeonato tomó las siguientes decisiones:
“Artículo 7°.-Unión Magdalena S.A. (“Unión Magdalena”) sancionado con derrota por retirada o renuncia y multa de cuarenta millones de pesos ($40.000.000) por incurrir en la infracción contenida en el literal h) del artículo 83 del CDU de la FCF, en el partido disputado por la 17ª fecha de la Liga BetPlay DIMAYOR I 2022 contra el Club Deportivo Popular Junior F.C. S.A.
Artículo 8°.-Unión Magdalena S.A. (“Unión Magdalena”), sancionado con diez(10) fechas de suspensión de la plaza y multa de quince millones seiscientos mil pesos ($15.600.000), por incurrir en la infracción contenida en los numerales 1, 4, 5, 6, 7 y 8 del artículo 84 del CDU de la FCF, en el partido disputado por la 17ª fecha de la Liga BetPlay DIMAYOR I 2022 contra el Club Deportivo Popular Junior F.C. S.A. Artículo
Artículo 9°.-Club Deportivo Popular Junior F.C. S.A. (“Junior”), sancionado con tres(3) fechas de suspensión de la plaza y multa de once millones de pesos ($11.000.000), por incurrir en la infracción contenida en los numerales 1, 2, 4, 5, 6, 7 y 8 del artículo 84 del CDU de la FCF, en el partido disputado por la 17ª fecha de la Liga BetPlay DIMAYOR I 2022 contra el club Unión Magdalena S.A.”
“Las presentes partes dispositivas se comunican a las partes en los términos del artículo 154 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol(“CDU de la FCF”), en armonía con lo dispuesto en el artículo 160 del CDU de la FCF.La fundamentación de las decisiones se notificará mediante Resolución No. 021 del 26 de abril de 2022”, se lee en el comunicado de la Dimayor.