Las visitas familiares y conyugales que estaban suspendidas desde el inicio de la pandemia en Colombia vuelven a ser permitidas por medio de la resolución 313 del ministerio de salud que da los lineamientos para el desarrollo de las actividades en las cárceles.
Cabe resaltar que los privados de la libertad no tenían el beneficio desde el 12 de marzo de 2020 cuando inició la pandemia del Covid-19 en el país; sin embargo, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Justicia autorizaron el regreso de las visitas familiares y conyugales a personas privadas de la libertad.
Según la circular 021 de 2021, el regreso de las visitas es del orden nacional, pero serán el Inpec y las secretarías de Salud las que establecerán si se dan las condiciones para el reingreso de familiares y cónyuges de internos a los penales. Pues el retorno de las visitas deberá cumplir medidas como distanciamiento físico de dos metros, lavado de manos, uso de elementos de protección personal y el aseguramiento de condiciones de ventilación e iluminación natural.
“Es necesario salvaguardar el derecho a la salud mental, emocional y psicosocial de las personas privadas de la libertad, en igualdad de derechos con todos los colombianos, considerando que se pueden realizar visitas con las precauciones pertinentes”, indicó Julián Fernández Niño, director de Epidemiología y Demografía de MinSalud.