Gobierno anuncia medidas para proteger el empleo tras terremoto

El Gobierno anunció medidas para la protección del empleo y los ingresos de las personas afectadas por el terremoto del 10 de agosto de 2026. Las disposiciones están contenidas en el Decreto Legislativo 1417.

La norma establece tres líneas de apoyo para los trabajadores y empleadores afectados por el sismo. Estas incluyen un subsidio temporal para la nómina, una protección económica para trabajadores cesantes y medidas laborales extraordinarias.

Protección del empleo mediante apoyo a la nómina

El decreto creó un beneficio extraordinario para micro y pequeñas empresas y personas naturales empleadoras que mantengan vinculados a trabajadores damnificados.

El apoyo equivale al 40 % de un salario mínimo legal mensual vigente por cada trabajador elegible y puede otorgarse hasta durante seis ciclos mensuales.

Para acceder al beneficio, los trabajadores deben estar identificados como damnificados y cumplir las condiciones establecidas en el decreto. Entre ellas está recibir entre uno y dos salarios mínimos y figurar en la PILA del empleador desde julio de 2026.

El beneficio está condicionado a que se mantenga el vínculo laboral y no reemplaza las obligaciones del empleador relacionadas con salarios, prestaciones sociales y seguridad social.

Ayuda para trabajadores cesantes

El Decreto 1417 también creó una protección económica extraordinaria para trabajadores dependientes e independientes que hayan quedado cesantes como consecuencia de la emergencia.

La medida se articula con el Mecanismo de Protección al Cesante y contempla transferencias extraordinarias diferenciadas para trabajadores dependientes e independientes que cumplan los requisitos establecidos.

Medidas laborales temporales

La norma también contempla medidas extraordinarias y transitorias relacionadas con la protección del empleo y los ingresos.

Estas disposiciones buscan atender las consecuencias laborales provocadas por el sismo, que generó daños en establecimientos, infraestructura productiva, vías y servicios en los territorios afectados.

El ámbito de aplicación se relaciona con los territorios y personas vinculados a la emergencia declarada por el Gobierno. El Ministerio del Trabajo podrá divulgar la relación actualizada de municipios, con base en los reportes oficiales de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, UNGRD.

¿Quiénes pueden acceder?

Los beneficios están dirigidos a trabajadores y empleadores afectados por el sismo que cumplan las condiciones específicas de cada medida.

Entre los requisitos se encuentran la acreditación como damnificado, la ubicación dentro del ámbito territorial de la emergencia y el cumplimiento de las condiciones laborales establecidas para cada beneficio.

La protección del empleo hace parte de las medidas extraordinarias adoptadas por el Gobierno durante la emergencia económica, social y ecológica derivada del terremoto del 10 de agosto.

Para consultar la norma completa, se puede revisar el Decreto 1417 de 2026.

Además, puede consultar nuestra información sobre la emergencia por el terremoto de agosto y las medidas adoptadas para las zonas afectadas.

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