La Procuraduría General de la Nación en un concepto radicado el 19 de junio de 2025, solicitó a la Sección Quinta del Consejo de Estado negar las pretensiones de la demanda de nulidad de la designación del magistrado José Joaquín Urbano Martínez, en la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.
De acuerdo con los demandantes, la elección de Urbano representaba un retroceso y vulneración de los principios en equidad de género.
Para el ente de control la elección se encontraría ajustada al ordenamiento jurídico. Sin embargo, solicitó al Consejo de Estado, que establezca una subregla que permita hacer efectivo el principio de paridad de género en términos materiales al interior de las altas cortes, de acuerdo con los postulados de la justicia constitucional y los ponderados axiológicos evocados por la Corte Constitucional en sus diferentes pronunciamientos, y en los tratados internacionales suscritos por Colombia.
En dicho concepto, el Ministerio Público además de reiterar su compromiso con la incorporación del enfoque de género femenino en las actuaciones en que resulte pertinente, como acción afirmativa en favor de los derechos políticos de las mujeres, sugirió respetuosamente, a manera indicativa, entre otras opciones que se pudieren implementar, tres posibilidades de materializar esos derechos en los escenarios de poder jurisdiccional.