La Unidad Alimentos para Aprender recordó los mecanismos para operación del Plan de Alimentación Escolar en situaciones excepcionales como la ocurrida en territorios afectados por falta de suministro de gas.
Entidades Territoriales Certificadas en Educación (ETC) que están siendo afectadas por la suspensión de suministro de gas natural, las orientaciones para que operen el Programa de Alimentación Escolar (PAE), de acuerdo con lo dispuesto en los lineamientos vigentes para este tipo de situaciones.
Al momento, 9 ETC: Pereira, Quindío, Armenia, Caldas, Manizales, Valle del Cauca, Tolima, Nariño y Cauca le han reportado a la Unidad la posibilidad de verse afectadas por la medida que se tomó tras identificar una falla en el gasoducto, entre Mariquita y Cali.
Al mismo tiempo 8 ETC, que aún tienen suministro de gas, presentan un alto riesgo de afectación por lo que están revisando las posibilidades de cambio de modalidad de prestación del PAE, para evitar interrupción de entrega del complemento alimentario: Cali, Palmira, Yumbo, Jamundi, Cartago, Buga, Tuluá y Popayán
En la circular 004 del 23 de mayo de 2023, la Unidad recuerda que la Resolución 335 de 2021 “Por la cual se expiden los Lineamientos Técnicos Administrativos, los Estándares y las Condiciones Mínimas del Programa de Alimentación Escolar (PAE)”, establece en el artículo 6 como modalidades de atención y, en orden de prioridad, las siguientes
1. Preparada en sitio
2. Comida caliente transportada
3. Industrializada
Dicho artículo, en el Parágrafo 1, indica que la Entidad Territorial Certificada en Educación debe establecer, desde la etapa precontractual, la operación del PAE en situaciones excepcionales para atender de manera transitoria con una modalidad diferente. Por su parte, el parágrafo 2 del mismo artículo señala que, en caso de imprevistos y emergencias reconocidas por la autoridad competente, la UAPA expedirá la reglamentación necesaria correspondiente al área y tiempo de la emergencia en el marco de la política educativa para atender esa condición excepcional.
De acuerdo con esto, la Entidad Territorial cuenta con el lineamiento normativo para activar su plan de contingencia, modificar la modalidad de entrega del complemento alimentario y, de esta manera, continuar con la operación del Programa de Alimentación Escolar.
Sin embargo, es importante recordar que la citada resolución hace referencia a circunstancias de orden estrictamente excepcional e indica “Las ETC deben analizar, evaluar y documentar con los soportes respectivos aquellas condiciones que se presentan, cuando aun adoptando las medidas de mitigación de los riesgos identificados en el marco de los procesos de contratación adelantados para la implementación PAE, no es posible garantizar la continuidad en la prestación del servicio de acuerdo con los Lineamientos Técnicos – Administrativos, los Estándares y las Condiciones Minimas del PAE y sus anexos definidos por la UAPA”.
La Unidad de Alimentos para Aprender reitera su disposición para prestar asistencia técnica y orientación a las ETC para que, en conjunto, se analicen las posibilidades y se continúe beneficiando a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes que reciben el PAE.