Niegan a Salvatore Mancuso ser procesado por la JEP

82

La petición de sometimiento del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso para ser acogido procesalmente en la Jurisdicción Especial de Paz, JEP, fue rechazada por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la misma. Los magistrados negaron esa posibilidad, alegando que, contrario a su argumento en el sentido que fue financiador de las Autodefensas Unidas de Colombia, en realidad fue un combatiente raso y por tanto no tendría cabida en la JEP.

Mancuso había solicitado admisión como “tercero civil colaborador o financiador del paramilitarismo entre 1989 y 1997, antes de su vinculación a las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC)”. Sin embargo, la Sala de Reconocimiento, a través del auto 90, concluyó que su papel en este periodo fue la de un “miembro orgánico de la estructura criminal, desarrollando una función continua de combate”.

En la solicitud, no se demostró que las conductas de Mancuso correspondieran a las de un tercero civil financiador o colaborador de un grupo armado ilegal sino, por el contrario, evidencian su participación directa en las hostilidades al ejercer una función continua de combate.

Para llegar a esta conclusión, la Sala de Reconocimiento revisó no solo la solicitud de Mancuso, sino también examinó los procesos seguidos en su contra en la justicia ordinaria, en la jurisdicción de Justicia y Paz (creada para el sometimiento de los paras) y a partir de investigaciones extrajudiciales, como la del Centro Nacional de Memoria Histórica.