MinInterior aprueba nueva medidas sanitarias en el Atlántico. El aislamiento obligatorio se extiende hasta el 6 de julio

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La Ministra del Interior, Alicia Arango, anunció nuevas medidas sanitarias y de orden público para el departamento del Atlántico, esto en coordinación con el Ministerio de Salud, ante la solicitud que había realizado la gobernadora Elsa Noguera.

“Atendiendo la solicitud de la señora gobernadora del Atlántico, quién manifestó que la situación del departamento continúa siendo crítica justamente por la indisciplina social de nuestra gente y para ello, resulta necesario mantener vigentes por quince días más el aislamiento preventivo obligatorio, hasta el 6 de julio, con algunas medidas adicionales, las cuales fueron avaladas y adicionadas por el Ministerio de Salud” manifestó la jefe de esa cartera.

1. Pico y cédula con dos dígitos para la movilización. Esta medida resulta efectiva toda vez que la población se organiza y sale sólo una vez a la semana a las actividades exceptuadas estrictamente necesarias.

2. Toque de queda en fines de semana y en las noches en días de semana, estableciendo excepciones que sean las estrictamente necesarias.

3. Restricción temporal en la venta y consumo de licor (Solo habilitar el consumo y venta de lunes a viernes entre 5:00 am y 8:00 am). Se ha observado que al estar permitido la venta 24 horas, la población se aprovisiona para organizar reuniones privadas y bajo el estado de alicoramiento, pierden el control de su conducta y aumentan el riesgo de contagio.

4. Limitación en uso de parrillero para motos por la alta posibilidad de contagios. Hoy más del 40% de los moto-taxistas han resultando con positivo ante las pruebas de tamizaje practicadas y siguen desplegando esta actividad.

5. Restringir la circulación de vehículos tipo motocarros y bici-coches porque no cumplen con las medidas de distanciamiento toda vez que se suben en la parte trasera más de dos personas.

6. Limitación especial para el Atlántico respecto a los próximos días sin IVA establecidos para las fechas 3 y 19 de julio de 2020, se permita la adquisición de los bienes sólo por medios electrónicos.

7. Cierre temporal de las actividades de comercio, con excepción de los proveedores de medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, productos de limpieza, desinfección y aseo personal para hogares y hospitales, equipos y dispositivos de tecnologías en salud.

8. Restringir la comercialización presencial en los almacenes de grandes superficies, de bienes distintos a medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, productos de limpieza, desinfección y aseo personal.