Gobernadores piden a la JAR posesionar a Mabel Moscote como Gerente de Telecaribe

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En carta enviada hoy 9 de noviembre de 2020 a la Junta Administradora Regional del Canal Telecaribe, el gobernador de Córdoba, Orlando Benítez Mora, solicitó al Presidente de la Junta, Nemesio Roys (Gobernador de La Guajira),  proceder a posesionar a la abogada Mabel Astrid Moscote en el cargo de gerente, tal como fue ordenado por el fallo de tutela de segunda instancia por parte del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla en Sala de Decisión Penal, después de ser seleccionada de una terna, el pasado 27 de Julio de 2020.

En la misiva, el mandatario departamental, miembro de junta advirtió sobre las repercusiones legales que llevaría no proceder con el acto de posesión. “… puede conllevar a la aplicación de multas y sanciones penales, por incumplimiento, dentro del término establecido, a lo ordenado dentro del fallo judicial mencionado“.

Igualmente, en carta remitida por la delegada de la Gobernación de Bolívar, Claudia Carmona Cárdenas, solicita de la misma manera dar cumplimiento al fallo ” mientras la jurisdicción administrativa decide sobre la legalidad de su elección, dentro del trámite de la nulidad electoral que cursa en su contra, en aras de evitar desacatos a órdenes judiciales por parte de los miembros de la JAR, que generen además de sanciones pecuniarias y/o de arresto, la comisión de faltas de tipo disciplinarias que generen sanciones graves”.

Así mismo, se pudo establecer que la Gobernación de Sucre, también habría solicitado llevar a cabo el acto de posesión de Moscote.

Tribunal negó solicitud de aclaración a Telecaribe de fallo de tutela que ordena posesión de la Gerente electa Mabel Moscote

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, Sala de Decisión Penal, resolvió negar la solicitud de aclaración promovida por la abogada Carla Petruska Robinson Molina en calidad de apoderada judicial del Canal Regional de Televisión del Caribe -Telecaribe Ltda- el día 3 de noviembre de 2020, en contra del fallo de fecha 27 de octubre de 2020, que ordenó a la Junta Administradora Regional del Canal Telecaribe posesionar a Mabel Moscote como gerente del canal en las 48 horas siguientes de la notificación del fallo.

Así mismo, el Magistrado negó además las solicitudes de compulsa de copias disciplinarias y de apertura al incidente de desacato propuestas por el doctor Alexander Tarazona
apoderado de la accionante Mabel Astrid Moscote Moscote el día 4 de noviembre
de 2020, explicando que éstas pueden ser promovidas de manera ante las autoridades judiciales correspondientes.

En los apartes del documento, el magistrado ponente detalla que la Corte Constitucional ha estipulado que la corrección y/o aclaración de los fallos de tutela, procede en los siguientes términos:
La procedencia excepcional de la aclaración de sentencias está supeditada a que exista una razón objetiva de duda que impida el entendimiento de la providencia, pero únicamente en lo dispuesto en la parte resolutiva del fallo o en la parte motiva, cuando de manera directa, esta última influya sobre aquella. De no cumplir tal requisito, se mantiene el principio de intangibilidad de las sentencias emitidas por la Corte Constitucional”.

En consecuencia el Magistrado señala que “una vez revisado el fallo en cuestión, no se observa el mérito de tal aclaración, por cuanto no existen frases o conceptos de difícil entendimiento, ya que si bien el petente en su escrito indica de manera extensa en qué radica la presunta inconsistencia, la misma no trata aspectos en los que se haya omitido un pronunciamiento o se genere una duda. Es por ello, que considera esta Corporación que la parte actora pretende disfrazar argumentos propios de una segunda impugnación, a través
de la solicitud de aclaración de sentencia que hoy se estudia, lo cual es
abiertamente improcedente, pues su inconformismo con la decisión en esta
instancia se encuentran agotado con el proferimiento del fallo del 27 de octubre
de 2020“.

Agrega además que en la sentencia de 27 de octubre se deja claro que se concedió la protección al derecho fundamental del debido proceso administrativo, “el cual es un derecho autónomo y cuya vulneración emerge de los actos y omisiones precisamente de quien hoy pretende la aclaración“, puntualizó.

Al Canal Regional aún les subsiste el recurso de revisión ante la Corte Constitucional, el cual, si a bien lo tienen, pueden presentar solicitud de insistencia de revisión ante la Sala de Selección de dicha Corporación, sostiene el magistrado del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla.

El Tribunal ordenó que la posesión de Mabel Moscote se realice mientras se decide por parte del Consejo de Estado la acción de nulidad electoral que fue promovida en su contra.