Fiscalía tiene competencia para ordenar la libertad inmediata del ex senador Uribe: Miguel Bolívar Acuña

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Al consultar al abogado, Miguel Bolívar Acuña, sobre el proceso que se le sigue al exsenador Álvaro Uribe Vélez, por el presunto delito de soborno y fraude procesal, el jurista explicó que la Corte Suprema de Justicia perdió competencia frente al caso, desde el mismo momento en que Uribe Vélez, dejó de ser Senador de la República cuando le fue aceptada la renuncia en el parlamento colombiano.

En ese orden de ideas, efectivamente corresponde entonces enviar el caso a la Fiscalía, como en efecto se hizo por parte de la Corte Suprema de Justicia.

Así las cosas, la Fiscalía tiene dos vías, al llegar el exsenador con medida de aseguramiento con detención domiciliaria, explica el abogado Bolívar Acuña. “Deberá definir si el doctor Uribe va a seguir en domiciliaria o no, o si suspende la restricción de la libertad”, afirmó.

“Si la fiscalía va a tramitar el proceso por la ley 600, los fiscales si tienen facultad para poder modificar las resoluciones judiciales directamente, pero si la fiscalía va a aplicar la ley 906 que es el código de procedimiento penal vigente, o sea, lo relacionado con lo que rige en Colombia, el sistema penal oral acusatorio, los fiscales no tienen esa competencia. En este caso, tendría que solicitarle a un juez de control de garantías, para que el juez de control de garantías se pronuncie sobre la situación jurídica de la detención domiciliaria del doctor Uribe”.

Así las cosas, enfatizó que la fiscalía sí está facultada para ordenar la libertad inmediata del exsenador con la Ley 600, y continuar la investigación por el proceso que se le sigue. “La fiscalía está en la facultad de ordenar capturas, detenciones preventivas, embargo de bienes”, enfatizó el jurista.

En su concepto, el ente acusador deberá tomar una posición imparcial y justa porque estaría en juego la credibilidad de la Corte Suprema y la Fiscalía, indicó que “se debe actuar con cautela, sin ningún tipo de influencias, porque está en juego la credibilidad de ambas instituciones”.

Si la Fiscalía opta por tomar el camino de la Ley 906, el paso a seguir será solicitarle a un juez de control de garantías que convoque una audiencia para definir la situación de la medida con la que llega el procesado.