DOS MESES DE CUARENTENA / Más de 75 mil personas han sido beneficiadas con el subsidio económico de emergencia de protección al cesante

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El Superintendente del Subsidio Familiar (e), Mauricio González Barrero, afirmó que a la fecha 75.959 colombianos se han visto beneficiados con el subsidio económico de emergencia de protección al cesante, impulsado por el Gobierno Nacional para proteger a los trabajadores que hayan perdido su empleo como consecuencia de la crisis económica originada por la pandemia del coronavirus (covid-19).

El pago de esta ayuda monetaria, que se ha realizado a través de las 43 corporaciones en el país, asciende a $54.315 millones.

En ese contexto, el funcionario explicó que al día de hoy más de 663.000 colombianos se han inscrito ante las cajas de compensación familiar para postularse al beneficio económico de emergencia de protección al cesante.

De ese total, las cajas han aprobado para pago más de 168.137 solicitudes, de las cuales se ha apropiado la suma de $276.000 millones.

El beneficio

Desde el 31 de marzo, a través de las cajas de Compensación Familiar, el Gobierno puso en marcha el beneficio económico de emergencia para la población cesante más vulnerable del país, con salarios inferiores a $3.500.000, con el fin de proteger a los trabajadores que hayan perdido su empleo como consecuencia del covid-19.

La medida, que se materializó con el Decreto 488 del 27 de marzo de 2020, contempla un auxilio monetario de 2 salarios mínimos ($1.755.606), los cuales serán desembolsados a quienes se postulen y cumplan con los requisitos establecidos, en 3 cuotas iguales por 3 meses, cada una por $585.202.

Simultáneamente también recibirán, por 6 meses, el pago de seguridad social (salud y pensión), y en algunos casos, dada la concurrencia del beneficio con la Ley 1636, la cuota monetaria para los afiliados que tuvieran vinculados sus beneficiarios al momento del contrato laboral.

A continuación, se detalla el informe de la Superintendencia del Subsidio Familiar:

1. Más de 663 mil colombianos se han inscrito ante las cajas de Compensación Familiar para postularse al beneficio económico de emergencia de protección al cesante, por la pérdida de su empleo informó Mauricio González Barrero, Superintendente del Subsidio Familiar (e).

2. De ese total, las cajas han aprobado para pago más de 168.137 solicitudes, de las cuales se ha apropiado la suma de 276 mil millones de pesos. De las aprobadas, el pago realizado por las 43 corporaciones asciende a 54.315 millones de pesos a 75.959 personas. Este beneficio contempla el pago de seguridad social: salud y pensión y la entrega de un auxilio económico de 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes, dividido en tres mensualidades iguales.

3. Mediante Circular externa 004, la Superintendencia del Subsidio Familiar recomienda a las CCF que tengan Instituciones Prestadoras de Salud-IPS, Entidades Promotoras de Salud-EPS, propender en la medida de lo posible por: aunar recursos y esfuerzos para organizar equipos de atención domiciliaria, priorizar la atención domiciliaria inicial a pacientes con posible contagio con COVID-19 y organizar la entrega de medicamentos a domicilio.

4. Lo anterior, con el fin de evitar aglomeraciones en centros de salud y exponer a terceros a mayores riesgos. e) Divulgar en lugares visibles de los centros de operación de los servicios y programas de la CCF, la forma adecuada para el lavado de manos y promoverlo, con el fin de lograr que los afiliados, beneficiarios y usuarios lo hagan. Así como, mantener dotados los lugares de prestación de servicios, de jabón, toallas desechables, antibacteriales y demás elementos de protección personal que se consideren necesarios.

5. Mediante Circular 005, y con base en las medidas del Decreto Legislativo 488 del 27 de marzo de 2020, la Superintendencia del Subsidio Familiar instruyó a las Cajas de Compensación Familiar para que a través de sus páginas web, dispusieran de un aviso tipo banner, con la siguiente descripción: “ENTÉRESE DE COMO ACCEDER AL BENEFICIO DE PROTECCIÓN AL CESANTE POR LA EMERGENCIA DEL COVID-19”, respecto a cómo pueden acceder al beneficio transitorio dispuesto en el artículo 6 del Decreto Legislativo 488 de 2020 Beneficio económico de emergencia de dos salarios mínimos), y poner a disposición de los usuarios el formulario de solicitud del beneficio, el cual deberá estar diseñado para el diligenciamiento de manera electrónica o virtual.

6. Igualmente exigió a las cajas el reporte semanal del comportamiento de las solicitudes del beneficio.