En el marco de la presentación del libro de investigación sobre los derechos de los niños en la jurisprudencia constitucional, el Defensor del Pueblo, Carlos Camargo, reiteró la necesidad de que instituciones educativas, autoridades y quienes están a cargo del cuidado de los menores de edad y jóvenes acaten los fallos y normas de la Corte Constitucional en materia de protección de derechos de los niños, niñas y adolescentes, quienes gozan de la calidad de sujetos de especial protección constitucional.
“Las instituciones educativas no pueden negar el acceso y permanencia de los niños, niñas y adolescentes en el sistema educativo por razones de orientación sexual, diversidad de género, o expresiones del libre desarrollo de la personalidad, tales como utilización de piercings o color de cabello. Esta es una de las normas que más destaco entre las que consignamos en el libro que hoy estamos presentando”, aseguró el Defensor del Pueblo.
También hizo un llamado enfático para que las instituciones educativas del país acaten esta orden de la Corte Constitucional y no permitan que sigan ocurriendo casos de discriminación o negación del acceso al sistema educativo por expresiones propias del desarrollo de la libre personalidad de los niños, niñas y adolescentes.
“Las instituciones educativas deben adecuar su infraestructura y también su personal docente, académico y administrativo para recibir en sus instalaciones a niños, niñas y adolescentes en condición de discapacidad, hiperactivos o con limitaciones de tipo socio-cultural, psicoafectivo o cognoscitivo”, añadió Carlos Camargo.
La adecuada aplicación de esta norma de la Corte Constitucional y sus alcances está explicada en el libro ‘Los derechos de niñas, niños y adolescentes en la jurisprudencia constitucional’, la primera publicación del Centro de Estudios en Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo, que es resultado del trabajo conjunto de la Entidad con la Corte Constitucional.
“En la búsqueda de herramientas para que las reglas de la honorable Corte Constitucional fueran conocidas por la sociedad de una forma clara, sencilla y asequible, decidimos llevar a cabo este acuerdo de trabajo conjunto, y decidimos que el primer ejemplar estaría dedicado a los derechos de los menores, especialmente en los asuntos más desarrollados por la jurisprudencia constitucional: la educación, la salud, la vida, la familia, el libre desarrollo de la personalidad y el tratamiento al menor de edad infractor”, explicó el Defensor del Pueblo.
El derecho al libre desarrollo de la personalidad de los niños, niñas y adolescentes está directamente relacionado con su derecho a la identidad y por esa razón, el Estado, su familia y la sociedad deben garantizar que el niño decida y opine sobre sus posibilidades afectivas, materiales y espirituales que lo rodean.
“No basta con la jurisprudencia, no es suficiente con la doctrina ni con la interpretación. El reto es convertir esa jurisprudencia en impacto real. Desde la Defensoría del Pueblo recorremos el país todos los días y desafortunadamente nos damos cuenta de la enorme distancia que hay entre la letra de las sentencias y la vivencia diaria de los niños, niñas y adolescentes. Sin el esfuerzo mancomunado de todas las instituciones para hacer de estos derechos un impacto vivencial, la difusión de esta jurisprudencia y del libro que hoy presentamos, seguirá haciendo solamente un esfuerzo en vano”, finalizó Carlos Camargo.