Conozca el ABC del nuevo decreto que exige el carnet de vacunación a partir del 16 de noviembre

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Gerson Bermont, director de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud y Protección Social, explicó algunos detalles de la solicitud del carné de vacunación contra el covid-19 para algunos eventos y sitios.

Frente a esto, planteó que la Constitución Política siempre ha establecido el derecho a la buena fe y en ese sentido “abogamos nosotros también a la buena fe” alrededor de que no se presente falsificación de los carnés.

Por ello, destacó que “aspiramos a que el documento que se presenta al ingreso de los establecimientos sea efectivamente el carné de vacunación que estamos entregando”, precisó Bermont, quien señaló que de igual manera está la posibilidad de presentar el código QR (certificado digital), que sigue avanzando en la consolidación de este documento a través de http://www.mivacuna.sispro.gov.co/.

Sobre quiénes deberán hacer cumplir el Decreto, dejó claro que esta labor estará a cargo de los alcaldes.

Finalmente, hizo énfasis en que el hecho de solicitar el carné no quiere decir que se debe bajar la guardia en la aplicación de las medidas de autocuidado. “Debemos seguir usando el tapabocas”, concluyó Bermont.

Algunas preguntas frecuentes sobre el Decreto 1408 del 3 de noviembre de 2021

¿Cuándo se empezará a exigir el carné de vacunación?

Hasta el 15 de noviembre se hará pedagogía y desde el 16 del mismo mes se empezará a exigir el carné para mayores de 18 años. Estas medidas tendrán una progresividad en cuanto a la edad de las personas, a partir del 30 de noviembre también empezarán a regir para mayores de 12 años.

¿En qué lugares se exigirá?

El carné de vacunación será obligatorio en lugares públicos y privados que incurran en aglomeración, tales como bares, gastrobares, restaurantes, estadios, circos y salsódromos.

¿En qué tipos de eventos se exigirá?

Fiestas de matrimonio, primeras comuniones, novenas, eventos deportivos o culturales como las corridas de toros en la Feria de Manizales.

¿Cómo funcionará la medida en lugares cerrados y privados?

Los conjuntos residenciales, por ejemplo, no deberán exigir el carné de vacunación a sus residentes, pero si hay un evento en el salón comunal será necesario. Lo mismo sucederá en otros lugares cerrados como hoteles, estos no deberán pedir el carné de vacunación a sus huéspedes, pero cuando haya eventos, fiestas o reuniones dentro del establecimiento sí lo deberan hacer. Lugares más pequeños y cerrados como escuelas de baile, también deberán hacer este filtro.

¿Los centros comerciales deberán exigir carné?

Para acceso al centro comercial no, pero en los lugares específicos dentro del mismo como cines, restaurantes, bares o gastrobares donde se puedan presentar aglomeraciones, sí.

¿Los eventos al aire libre también requerirán de este filtro?

Los eventos al aire libre como fiestas de pueblo no, pero si hay un evento en un recinto cerrado sí. Lo mismo sucederá con las novenas, aquellas que transcurran al aire libre no deberán exigir el carné, pero si es en un lugar cerrado y con aglomeración sí.

¿El carné deberá tener las dos dosis para ser válido?

No. El carné será válido con al menos una dosis del esquema.

¿Este decreto afecta la Resolución 777?

Los ciclos de la resolución 777 siguen vigentes, estos se pueden aumentar en aforo si se pide carné de vacunación. Con esta medida no se afectan las actividades esenciales como el acceso a transporte público, supermercados, plazas de mercado, droguerías, entidades públicas y financieras, entre otras.

¿Quiénes deberán garantizar que las medidas del nuevo Decreto se cumplen?

Los responsables de los establecimientos, organizadores y logísticos deberán implementar las medidas establecidas en el nuevo Decreto. Por su parte, las autoridades como las Secretarías de Salud podrán controlar y hacer la vigilancia estricta de estos eventos. Sin embargo, si no cumplen, quienes entrarán a responder ante el Código de Policía serán los responsables de establecimientos, organizadores y logística.

¿Qué pasa con aquellas actividades que no fueron contempladas en el Decreto pero que se consideran de riesgo para el contagio?

Si hay una actividad que se considere que tenga riesgo por aglomeración se puede pedir el carné. Lo que prima es la responsabilidad individual sobre la salud colectiva.

¿Ante cualquier duda adicional relacionada con el carné o si el tipo de evento que realizaré debe exigirlo, dónde puedo consultar?

A través de la línea 192, mediante la cual se resolverán todas las inquietudes relacionadas con este tema durante el periodo pedagógico que va hasta el 15 de noviembre.