Condena contra dos exalcaldes y otros exfuncionarios por actos de corrupción en Atlántico

96

El Tribunal Superior de Barranquilla atendió los argumentos de la Fiscalía General de la Nación y revocó una decisión de primera instancia que había absuelto a los involucrados en un entramado ilegal del que hicieron parte particulares y exfuncionarios de Santa Lucía (Atlántico).

Ante la contundencia de las pruebas aportadas por un fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción, el magistrado a cargo del caso impuso condenas ejemplares: de 26 años y 10 meses de prisión para el exalcalde municipal Osvaldo Santana González; de 25 años y 10 meses de prisión para el exalcalde Teodomiro Ariza Medina y el exsecretario de Planeación de Santa Lucía, Alexander Cortés Polo; y de 9 años de prisión para Reiner Vicente Ravelo Brochero.

Los hechos investigados ocurrieron entre septiembre y diciembre de 2011. La fuerte temporada de lluvias afectó a varios municipios de Atlántico, entre estos a Santa Lucía, y la Unidad Nacional para la Gestión de Riesgo y Desastre (UNGRD) destinó auxilios económicos de 1’500.000 para cada familia damnificada.

A Santa Lucía le correspondieron 379 millones de pesos para asistir a 253 grupos familiares. Los dineros debían entregarse para apoyar la reconstrucción de viviendas, adecuación de terreros para la siembra y adquisición de elementos de primera necesidad.

La Fiscalía estableció que el exalcalde Santana González pidió al señor Ravelo Brachero realizar el censo de damnificados sin ser funcionario de la alcaldía municipal. Asimismo, constató en los registros que 63 familias realmente eran damnificadas y recibieron el subsidio; mientras que las otras 190 no vivían en el municipio o residían en Venezuela, por lo que los dineros nunca fueron desembolsados.

De esta manera, 285 millones de pesos quedaron en manos de los funcionarios vinculados. En ese sentido, fueron declarados responsables, según su participación, por delitos como falsedad ideológica en documento público, falsedad material en documento público, peculado por apropiación y prevaricato por acción.

Contra esta decisión proceden los recursos de ley.