¡Atención!, así serán las reglas de juego el segundo Día sin IVA en Santa Marta

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La alcaldesa de Santa Marta, Virna Johnson, a través del decreto 183 del 2 de julio de 2020, establece cómo se operará durante este viernes 3 de julio, en el marco del segundo Día sin IVA declarado por el Gobierno Nacional como una medida para incentivar el comercio durante la pandemia.

Para realizar la adquisición de los “bienes cubiertos”, la ciudadanía podrá hacerlo de manera virtual, de igual forma para no generar exclusión para acceder a dichos bienes, los establecimientos de comercio lo harán atendiendo el sexo y los horarios que se especifican a continuación:

De 6:00 a.m. hasta 3:00 p.m. podrán circular para realizar las compras de los mencionados bienes cubiertos, exclusivamente las personas del sexo femenino.

De 4:00 p.m. hasta las 12 de la noche, podrán circular para realizar las compras de los mencionados bienes cubiertos exclusivamente las personas del sexo masculino.

Las personas transgéneros circularán de acuerdo a la restricción aquí señalada, según su identidad de género.

El Pico y Cédula del día viernes seguirá vigente para las demás actividades.

En el horario comprendido entre las 3:00 p.m. y las 4:00 p.m., del día 3 de julio del 2020, los establecimientos de comercio, no podrán atender al público, esa hora se destinará para hacer una desinfección más cuidadosa al establecimiento independiente de la que se adelante durante la jornada.

*Cierre vehicular Carrera Quinta

En esta oportunidad, el Decreto 183, determina que se prohíbe la circulación y estacionamiento de todo tipo de vehículo en la zona comprendida sobre la carrera quinta (5ª), entre la Avenida del Ferrocarril o calle 10, hasta la avenida Santa Rita o calle 22, a partir de las 6:00 a.m. hasta las 12:00 de la noche, del día viernes 3 de julio del 2020.

En virtud de lo anterior, queda suspendido el toque de queda el día 3 de julio del 2020, entre las 8:00 p.m. y hasta las 12 de la media noche.

*Sanciones

La violación o inobservancia de las medidas adoptadas en el presente decreto, darán lugar a la sanción penal prevista en el Articulo 368 y 369 del Código Penal, serán amonestadas en los términos del artículo 174 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y conducidas a su lugar de residencia o habitación por las autoridades de policía, sin perjuicio de las posibles sanciones por comportamientos contrarios a la convivencia y violación a las medidas sanitarias de conformidad con el artículo 35 numeral 2 de la Ley 1801 de 2016 y a las multas previstas en el Artículo 2.8.8.1.4.21 del Decreto 780 de 2016.

Las disposiciones previstas en el presente decreto, se aplicarán y ejecutarán en concordancia con las disposiciones expedidas para tal fin por las autoridades del orden nacional.

En Santa Marta, durante la segunda jornada del día sin IVA, no se permitirá la venta presencial de electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones. Quienes los adquieran de manera digital deberán programar su retiro de las tiendas dentro de las siguientes dos semanas por medio de domicilios, mensajería o de manera presencial de acuerdo a su pico y cédula.

Además, el acceso a estos establecimientos estará restringido para menores de 15 años y para mayores de 70 años, de conformidad con lo dispuesto por el Gobierno Nacional.

Todas las personas están obligadas y deberán cumplir con el distanciamiento físico y el uso correcto y obligatorio del tapabocas, lavado de manos o uso de alcohol.