La Alcaldía de Soledad profirió fallo, de segunda instancia, contra los perturbadores de la posesión del predio Los Ángeles, cuya extensión es de 33 de hectáreas, y a la vez ordena la caracterización de las familias afectadas.
Este fallo corresponde al proceso policivo No.003-2021 precisó el secretario de Gobierno, Samir Serret Brango, quien indicó que “la administración en cumplimiento de la línea estratégica del Plan de Desarrollo Municipal “Pacto Social por la Legalidad y Transparencia” y de acuerdo con las pruebas obrantes en el expediente en mención, ordenó amparar el derecho a la posesión, solicitado por María Cecilia Ospina de Camacho y Sergio Tulio Camacho Santos sobre el bien inmueble denominado finca Los Ángeles”
Este caso ha tenido trascendencia -a nivel nacional- por la gran extensión del predio, y adicionalmente por los procesos vigentes de naturaleza penal y disciplinaria que adelanta el Juzgado Primero Penal Municipal de Soledad y la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación respectivamente.
Dentro del material probatorio para decidir se allegó, la Resolución No.05430 del 7 de julio de 2020, expedida por la Superintendencia de Notariado y Registro, la cual evidenció irregularidades en el proceso de registro del bien inmueble -finca Los Ángeles- y ordenó el cierre de la matrícula inmobiliaria No.041-70274, indebidamente obtenida por parte de Santander Baca Barceló.
“En el acto administrativo, la Supernotariado ordenó retrotraer los efectos jurídicos que afectaron la anotación número tres del folio de matrícula inmobiliaria 041-86935, retornando a la vida jurídica su contenido (…)” folio de matrícula en que se establece como propietario del inmueble el señor Sergio Tulio Camacho Santos y que se basa en la Escritura Pública de compraventa No.3424 de 12 de diciembre de 1995”, establece el proceso.
La Alcaldía de Soledad analizó el informe técnico de la inspección al predio, realizado por la Secretaria de Planeación, y halló “un total de 422 de obras de construcción sin licencia urbanística, entre las cuales 151 se encontraron habitadas y han sido ejecutadas según sistemas constructivos tradicionales.
En virtud de lo anterior, se ordenó en la decisión del proceso policivo el cumplimiento de la Sentencia de Unificación SU016/21 del 21 de enero de 2021, respecto a la caracterización de las familias que pueden resultar perjudicadas y otorgar medidas de amparo de acuerdo con la clasificación de los grupos poblaciones.
Así mismo, se ordenó comunicar la decisión a las autoridades de Policía, al Juzgado Penal de Soledad y a la Procuraduría General de la Nación; por ultimo el secretario de Gobierno municipal hace un llamado a la comunidad soledeña para que no se dejen engañar realizando compraventa de lotes que no tengan la titularidad del predio, que adicionalmente no tienen licencia urbanista ni servicios públicos.