Este 30 de mayo se cumplirá en Soledad el ‘Día Sin Moto’ y, el 31 del mismo mes, el ‘Día Sin Motocarro’.
Estas medidas se adoptan en cumplimiento a lo establecido en el parágrafo primero del artículo seis y el parágrafo primero del artículo siete del Decreto 288 del 6 de julio de 2017, por lo cual se desarrollarán operativos de cumplimiento.
Jesús Montenegro, director del Instituto de Tránsito, manifestó que: “Es importante que los soledeños propietarios y conductores de este tipo de vehículos puedan acatar estas medidas y evitar sanciones”.
Durante los últimos días, la medida fue socializada con los conductores en puestos de control y puntos de encuentro, a fin de mejorar la seguridad vial.
Ángel Toro Bermúdez, conductor de motocarro, reconoció la importancia de recordar las medidas existentes en el municipio, al asegurar que, muchos desconocían la norma.
“Yo empecé a laborar este año como conductor de motocarro y no sabía que existía este día, está bien lo que está realizando el Tránsito para evitar que ese día nos multen”, indicó.
*Excepciones para el Día Sin Moto*
Para este día, solo podrán circular por las calles los conductores que aparezcan en la lista de excepciones de la norma y, deberán tener a la mano los soportes o documentos que así lo acrediten.
La norma exceptúa a los conductores que ejerzan las siguientes funciones: fuerza pública, seguridad del Estado, tránsito y transporte, organismos de emergencia y socorro, personal adscrito al servicio público de salud, servidores públicos, trabajadores oficiales y contratistas de la administración pública, conductores de motocicletas cuyo cilindraje sea igual o superior a 598 centímetros cúbicos. Al igual que escoltas, vigilantes y supervisores de empresas públicas y privadas, trabajadores de empresas de servicios públicos, telecomunicaciones, mensajería, transporte de mercancía , trabajadores y operadores de Transmetro, aeropuerto Ernesto Cortissoz y Terminal de Transportes Metropolitana debidamente uniformados y carnetizados.